lunes, 7 de octubre de 2013

Sesión Nro 5: Cómo respondemos a los conflictos (2)








Sesión Nro 4: Cómo respondemos a los conflictos.

El docente debe generar diálogo y socialización para cada una de las maneras de responder al conflicto. 

  • Con la utilización de historietas pueden mostrar un ejemplo en el que demuestren la manera adecuada de responder a el conflicto. Se pueden tomar fotografías como parte de la evidencia de la actividad, para publicarlas en el espacio de evidencias de este blog.






Sesión Nro 3: Mediación de Conflictos






Organizados por grupos los estudiantes debe proponer sus aportes sobre el tema y aportan posibles soluciones o posibles formas de mediar conflictos.

Tus aportes deben ser ingresados el foro de la sesión 3. Enlace del foro

Sesión Nro 2: Todos contra el Bullying

VIDEO MOTIVADOR: EL ESCAPE DE RONAN



SOCIALIZACIÓN SOBRE EL VIDEO: El docente genera un proceso de socialización y solicita a los estudiantes su aporte en el foro sobre este video, para el registro de éstos.(éste puede hacerse desde la casa o desde la clase en el aula de informática.  Enlace al foro


ELABORACIÓN DE COMPROMISOS: Se divide el grupo y se les entrega material para realizar una cartelera donde cada uno se comprometa a una acción contra el Bullying.

Las fotografías de este proceso pueden ser subidas al blog para hacer seguimiento al proceso.

Sesión Nro 1: Respeto y Temor

INTRODUCCIÓN AL TEMA

Diferencia respeto y temor 


AMBIENTACIÓN: Canción Eres Único, campaña contra el bullying






ACTIVIDAD: El profesor organiza el grupo en parejas.  Tratar de mezclar con personas con las que casi no interactúan los estudiantes.  Uno de ellos estará vendado, el otro será el guía.

Participa en el foro y opina sobre la canción. Enlace al foro

viernes, 4 de octubre de 2013

El decreto Nacional 1965 del 11 de Septiembre del 2013

El decreto Nacional 1965 del 11 de Septiembre del 2013 reglamenta la ley 1620 de 2013 que crea el sistema de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar.
Este decreto establece en uno de los apartes lo siguiente:



Artículo 39. Definiciones.Para efectos del presente Decreto se entiende por:
1. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.

2. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

3. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.


a. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.
 

b. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.
 

c. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.
 

d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros

e. Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.